Resolución de la Superintendencia de los Registros Públicos No. 070-2022-SUNARP/SN

Aprueban expedición de diversos certificados en formato electrónico, con firma electrónica, código de verificación y código QR en atención presencial; y Certificado Positivo y Certificado Negativo del Registro de Predios (por titularidad) mediante solicitud verbal presencial.

Aprueban expedición de diversos certificados en formato electrónico, con firma electrónica, código de verificación y código QR en atención presencial; y Certificado Positivo y Certificado Negativo del Registro de Predios (por titularidad) mediante solicitud verbal presencial.

Expedición de certificados con firma electrónica en atención presencial

Se aprueba que los certificados compendiosos siguientes, solicitados presencialmente en las oficinas registrales u oficinas receptoras del país, se expidan en formato electrónico, con firma electrónica, código de verificación y código QR:

  • Certificado Registral Vehicular (CRV).
  • Certificado positivo del Registro de Predios (por titularidad).
  • Certificado Negativo del Registro de Predios (por titularidad).

Verificación de autenticidad

La comprobación de autenticidad de los certificados detallados en el artículo precedente se efectúa a través de la plataforma “Síguelo”, mediante la lectura del Código QR contenido en el certificado o desde la página web de la SUNARP.

La exigencia de presentación del certificado emitido, en el trámite o actividad para el cual fue solicitado, se entenderá cumplida, alternativamente:

i) al presentar la reproducción impresa en soporte papel o el archivo en formato PDF del certificado; o,

ii) al indicar la dirección web, el número de solicitud y el código de verificación, que consta en el Certificado, datos que permiten a los interesados, visualizar su contenido.

Plazo para la verificación o consulta del contenido del certificado en formato electrónico – Ámbito nacional del servicio

  • La imagen de respaldo del certificado expedido en formato electrónico estará habilitada para la verificación o consulta, durante el plazo de noventa (90) días calendario, contados desde su expedición.
  • Los certificados señalados en la Resolución podrán ser solicitados en cualquier oficina registral u oficina receptora del país, independientemente de la oficina registral en que corra extendida la partida registral o el acto o derecho inscrito cuya publicidad certificada se requiera.

Rogatoria verbal de publicidad compendiosa

Se dispone que los certificados compendiosos siguientes, solicitados presencialmente en las oficinas registrales u oficinas receptoras del país, sean brindados mediante solicitud verbal:

  • Certificado Positivo del Registro de Predios (por titularidad).
  • Certificado Negativo del Registro de Predios (por titularidad).

Vigencia – Resolución

  • La resolución entra en vigencia a partir del 23 de mayo de 2022.

› AUTOR:

Miguel Mur & Abogados

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MIGUEL MUR
Socio fundador
Área Tributaria

Miguel Mur es especialista en Derecho Tributario con título otorgado por la Universidad de Vigo, España. Past Presidente del Instituto Peruano de Derecho Tributario. Miembro de la International Fiscal Association. Es profesor del Curso de Impuesto a la Renta en la Universidad del Pacífico.

Miguel asesoró a entidades como el Grupo Romero, Grupo Brescia, Aceros Arequipa, Mepsa, Pluspetrol, Tiendas Ripley, Sedapal, Banco Ripley, Kimberly Clark, Tecpetrol, Techint, JJC, Graña, Brahma, Sandoval, Backus, Enfoca Maestro, Auna, Oncosalud, Larrain Vial, Colliers Mepsa, Minsur, Grupo Wiese, Celima, Laureate International Universities, Camposol, Navitranso, San Fernando, Unique, Grupo Latina, entre otros.

Ha sido reconocido con una práctica excelente en el ranking Leaders League por las áreas de Corporate Tax y Litigation Tax.

Ha sido profesor del mismo curso y del curso de Código Tributario en la Pontificia Universidad Católica del Perú y en la Universidad de Lima, tanto para los programas de Pre-Grado como Post Grado.

Adicionalmente, ha sido Socio Principal en Payet Rey Cauvi Pérez Abogados.También fue Socio Principal de PricewaterhouseCoopers, Presidente de Pricewaterhouse Coopers Perú y Bolivia. Socio Director de Impuestos de PricewaterhouseCoopers para el área de América Latina. Asimismo, fue Director Legal de PwC América del Sur y Representante del área de América Latina en los Global Tax Forums de PwC.