Aprueban expedición de diversos certificados en formato electrónico, con firma electrónica, código de verificación y código QR en atención presencial; y Certificado Positivo y Certificado Negativo del Registro de Predios (por titularidad) mediante solicitud verbal presencial.
Expedición de certificados con firma electrónica en atención presencial
Se aprueba que los certificados compendiosos siguientes, solicitados presencialmente en las oficinas registrales u oficinas receptoras del país, se expidan en formato electrónico, con firma electrónica, código de verificación y código QR:
- Certificado Registral Vehicular (CRV).
- Certificado positivo del Registro de Predios (por titularidad).
- Certificado Negativo del Registro de Predios (por titularidad).
Verificación de autenticidad
La comprobación de autenticidad de los certificados detallados en el artículo precedente se efectúa a través de la plataforma “Síguelo”, mediante la lectura del Código QR contenido en el certificado o desde la página web de la SUNARP.
La exigencia de presentación del certificado emitido, en el trámite o actividad para el cual fue solicitado, se entenderá cumplida, alternativamente:
i) al presentar la reproducción impresa en soporte papel o el archivo en formato PDF del certificado; o,
ii) al indicar la dirección web, el número de solicitud y el código de verificación, que consta en el Certificado, datos que permiten a los interesados, visualizar su contenido.
Plazo para la verificación o consulta del contenido del certificado en formato electrónico – Ámbito nacional del servicio
- La imagen de respaldo del certificado expedido en formato electrónico estará habilitada para la verificación o consulta, durante el plazo de noventa (90) días calendario, contados desde su expedición.
- Los certificados señalados en la Resolución podrán ser solicitados en cualquier oficina registral u oficina receptora del país, independientemente de la oficina registral en que corra extendida la partida registral o el acto o derecho inscrito cuya publicidad certificada se requiera.
Rogatoria verbal de publicidad compendiosa
Se dispone que los certificados compendiosos siguientes, solicitados presencialmente en las oficinas registrales u oficinas receptoras del país, sean brindados mediante solicitud verbal:
- Certificado Positivo del Registro de Predios (por titularidad).
- Certificado Negativo del Registro de Predios (por titularidad).
Vigencia – Resolución
- La resolución entra en vigencia a partir del 23 de mayo de 2022.