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Actualización Legal

LINEAMIENTOS PARA LA VIGILANCIA DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES CON RIESGO DE EXPOSICIÓN A COVID-19

1/12/2020

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Resolución Ministerial N° 972-2020/MINSA aprueba Documento Técnico  “Lineamientos para la Vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de Exposición a SARS-CoV-2.
Deroga la Resolución Ministerial N° 448-2020-MINSA que aprobó el Documento Técnico “Lineamientos para la vigilancia, prevención y Control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19”

Definiciones en la RM N° 972-2020-MINSA

Aislamiento en el ámbito comunitario 
  • Procedimiento por el cual una persona considerada caso sospechoso, probable o confirmado de covid-19 no requiere hospitalización y se indica aislamiento domiciliario. Solo si la vivienda tiene condiciones para garantizar el aislamiento en una habitación
  • Caso contrario, se le ofrecerá ser albergado en un centro de aislamiento temporal y seguimiento (CATS) o el que haga sus veces.
  • Durante aislamiento se restringe la movilización por 14 días desde inicio de síntomas.
  • Si es infección asintomática el aislamiento se mantiene pasados 14 días desde que se tomó prueba de diagnóstico. 
​Aislamiento hospitalario
  • Caso sospechoso, probable o confirmado de covid-19 es ubicado en un área hospitalaria separada de pacientes con otros diagnósticos.
​Alta Epidemiológica
  • Transcurridos 14 días para casos leves, luego de inicio de síntomas, se estará en condiciones de alta.
  • Siempre y cuando se haya recuperado ( por lo menos 4 días asintomático).
  • Se pueden practicar pruebas adicionales y postergar el alta de ser el caso. 
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Centro de Trabajo
  • Lugar o lugares en el que se desarrolla la actividad laboral con la presencia de trabajadores.
​Lugar de Trabajo
  • Todo sitio o área donde los trabajadores permanecen y desarrollan su labor o donde tienen que acudir para desarrollarlo. 
​Contacto Directo
  • Persona que estuvo a menos de dos metros de distancia de un caso sospechoso, probable o confirmado de covid-19, durante al menos 15 minutos, en un periodo que abarca desde 2 días ante del inicio de síntomas.
  • Personal de salud que no ha usado equipo de protección personal (EPP) o no ha aplicado el protocolo para ponerse, quitarse y desechar el EPP durante la evaluación de un caso confirmado.
​Cuarentena
  • Procedimiento por el cual se registre el desplazamiento fuera de su vivienda a una persona o personas expuestas a un caso sospechoso probable o confirmado de la covid-19, por un lapso de 14 días a partir del último día de exposición con el caso. 
​Equipos de protección personal
  • Dispositivos, materiales, e indumentaria personal destinados a cada trabajador para protegerlo de uno o varios riesgos presentes en el trabajo y que puedan amenazar su vi seguridad y salud. Los EPP son una alternativa temporal y complementaria a las medidas preventivas de carácter colectivo (control administrativo y ambiental). 
Pruebas de diagnóstico para la Covid-19
  • Son aquellas pruebas que se realizan en un laboratorio, con requerimientos específicos de metodología y uso de equipamiento y reactivos a cargo de un personal entrenado para:
  1. Detección del material genético del virus.
  2. Detección del virus como entidad individual, mediante la detección de antígenos virales.
  3. Detección de los anticuerpos generados en el organismo huésped infectado. 
​Trabajador
  • Toda persona natural que desempeña una actividad laboral subordinada o autónoma para un empleador privado o para el Estado. 

Lineamiento 1: Limpieza y desinfección del Centro de Trabajo

Se busca asegurar superficies libres de Covid-19, por lo que el proceso de limpieza y desinfección aplica a todo el centro de trabajo, como:

  • Ambientes
  • Mobiliario
  • Herramientas
  • Equipos
  • Vehículos
Esto será verificado previo al inicio de las labores diarias y se debe establecer la frecuencia con la que se realizará, las medidas de protección de los trabajadores, capacitación necesaria para el personal y la disponibilidad de las sustancias a emplear para tal fin.

Lineamiento 2: Evaluación de la condición de salud del trabajador previo al regreso o reincorporación al centro de trabajo

El responsable del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) debe gestionar para todos los trabajadores los siguientes pasos:
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* Persona que cumpla con los siguientes criterios clínicos:
  1. Paciente con síntomas de infección respiratoria aguda que presente tos y/o dolor de garganta y además uno o más de los siguientes (malestar general, fiebre, cefalea, congestión nasal, diarrea, dificultad para respirar, perdida del gusto, perdida del olfato).
  2. Paciente con infección respiratoria agua grave
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* Pruebas e diagnóstico: pruebas que se realizan en un laboratorio para:
a.Detección del material genético del virus
b.Detección del virus como entidad individual, mediante la detección de antígenos virales
c.Detección de los anticuerpos generados en el organismo huésped infectado

En caso de identificarse un caso sospechoso o de tomar conocimiento de ser contacto directo de un caso confirmado, el profesional de la salud procederá:
  • El caso sospechoso será derivado a un establecimiento de salud para su manejo de acuerdo con lo establecido en el “Documento Técnico: Prevención, Diagnóstico y Tratamiento de personas afectadas por Covid-19” y en “Documento Técnico: Manejo Ambulatorio de Personas Afectadas por la Covid-19 en el Perú”.
  • Evaluación del caso sospechoso por el responsable de la salud en el trabajo para identificar potenciales contactos.
  • Comunicar a la autoridad de salud de su jurisdicción y/o IAFA del trabajador para el seguimiento clínico correspondiente.
  • Brindar material e información sobre la prevención del contagio del Covid-19, medidas de higiene y cuidado que debe llevar en casa.
Se recomienda que el profesional de la Salud realice seguimiento clínico a distancia, diario o interdiario. Este debe ser registrado en la ficha F300 (ficha de seguimiento) del SISCOVID-19.

​En los trabajadores identificados como caso sospechoso, caso probable o en los que se confirma el diagnóstico de Covid-19 o que tienen contacto directo  con caso sospechoso, probable o confirmado se dispone 14 días calendario de aislamiento o cuarentena y antes de su regreso se realiza la evaluación clínica respectiva para dar por finalizado el aislamiento o cuarentena.

Lineamiento 3: Lavado y desinfección de manos obligatorio

El empleador asegura:
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Tener en cuenta que el uso de alcohol en gel/líquido no reemplaza al lavado de manos.

Lineamiento 4: Sensibilización de la prevención del contagio en el centro de trabajo

​El profesional de la Salud asegura las siguientes actividades para la sensibilización a los trabajadores:
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Lineamiento 5: Medidas preventivas de aplicación colectiva

Algunas de las acciones dirigidas a reducir el riesgo de transmisión de Covid-19 en el ambiente laboral son:
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Lineamiento 6: Medidas de protección personal

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Lineamiento 7: Vigilancia de la salud del trabajador en el contexto del Covid-19

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Consideraciones para el regreso al trabajo

Regreso automático
  • Trabajadores en cuarentena social.
  • Que no presenten sintomatología.
  • No sean considerados caso sospechoso ni confirmado. 

Consideraciones para la reincorporación al trabajo

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Revisión y reforzamiento de capacidades a trabajadores en procedimientos de trabajo con riesgo crítico según puesto de trabajo

  • Puestos con actividades que impliquen una probabilidad elevada de generar una causa directa de daño a la salud del trabajador.
  • El empleador debe revisar, actualizar o reforzar los procesos técnicos que realizaba el trabajador antes de la cuarentena.
  • Los procesos se pueden realizar de forma presencial o virtual. 

Regreso o reincorporación de trabajadores con factores de riesgo para Covid-19

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Factores de riesgo

  • Edad Mayor de 65 años.
  • Hipertensión arterial.
  • Diabetes.
  • Obesidad con IMC > 40
  • Enfermedades cardiovasculares.
  • Enfermedad pulmonar crónica.
  • Cáncer.
  • Otros estados de inmunosupresión.  
​Grupo de riesgo
Personas que presentan características individuales asociadas a mayor vulnerabilidad y riesgo de complicaciones por Covid-19.

Profesional de Salud por Centro de Trabajo 

Tipo 1:
  • Profesional de salud con capacitación por instituto de educación superior en Salud Ocupacional, Seguridad y Salud en el Trabajo, Gestión de Riesgos de Desastres.
​Tipo 2:
  • Profesional de salud con universitaria mínima de diplomado en Salud Ocupacional, Seguridad y Salud en el Trabajo, Gestión de Riesgos de Desastres o Centro de Prevención de Riesgos del Trabajo (CEPRIT) de EsSalud.
Tipo 3:
  • Profesional de salud con universitaria mínima de maestría en Salud Ocupacional, Seguridad y Salud en el Trabajo, Gestión de Riesgos de Desastres o Centro de Prevención de Riesgos del Trabajo (CEPRIT) de EsSalud.
  • El servicio del profesional debe durar un mínimo de 12 horas semanales. 
Tipo 4:
  • Profesional de salud (de preferencia Licenciado en Enfermería) que tenga capacitación mínima de diplomado en salud ocupacional, medicina ocupacional, Seguridad y Salud en el Trabajo, Gestión de Riesgos de Desastres o Centro de Prevención de Riesgos del Trabajo (CEPRIT) de EsSalud.
  • El servicio del profesional debe durar un mínimo de 18 horas semanales. 
Tipo 5:
  • Médico y Licenciada en enfermería. Uno de ellos con capacitación universitaria mínima de maestría en salud ocupacional, medicina ocupacional, seguridad y salud en el trabajo, o gestión de riesgo de desastres o equivalente.
  • El servicio del profesional debe durar un mínimo de 18 horas semanales. 
Tipo 6:
  • Médico especialista o egresado de la especialidad medicina ocupacional y medio ambiente o medicina del trabajo; o en su defecto, debe tener grado de egresado de maestría en salud ocupacional, medicina ocupacional o seguridad y salud en el trabajo o equivalentes.
  • Licenciado en enfermería, con capacitación universitaria mínima de diplomado en salud ocupacional, medicina ocupacional, seguridad y salud en el trabajo gestión de riesgo de desastres o equivalentes.
  • El servicio del profesional debe durar un mínimo de 36 horas semanales. 
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