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Actualización Legal

RESTRICCIÓN DEL TRÁNSITO DE VEHÍCULOS PARTICULARES Y DECLARACIÓN DE día NO LABORABLE

17/12/2020

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Mediante Decreto Supremo N° 194-2020-PCM, publicado el 17 de diciembre del presente año
se dispuso:
  • Restricción de tránsito de vehículos particulares los días: 24, 25 y 31 de diciembre de 2020 y 01 de enero de 2021.
  • Declaración de día no laborable para el sector público: Jueves 24 de diciembre de 2020

Sector Público
  • Día no laborable es obligatorio.
  • Las horas dejadas de trabajar serán compensadas en los 10 días inmediatos posteriores o en la oportunidad que indique la entidad pública en función de sus necesidades.
  • Sin perjuicio de lo mencionado, los titulares de las entidades adoptarán medidas necesarias para garantizar la provisión de servicios indispensables para la sociedad. 
Sector Privado
  • Podrán acogerse al día no laborable, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores.
  • Se deberá establecer la forma como se hará efectiva la recuperación de horas dejadas de trabajar, a falta de acuerdo decide el empleador.
  • Las empresas que realicen servicios indispensables para la sociedad están facultadas para determina los puestos de trabajo excluidos de esta disposición.
  • Para fines tributarios, dicho día será considerado hábil.
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